La ley establece que cuando un aspirante no alcanza el umbral del 4% establecido en la ley, debe devolver el dinero que recibió de anticipo.
os resultados de las elecciones de este domingo traerían consecuencias negativas para varios candidatos presidenciales, no solo por no alcanzar sus objetivos políticos, sino porque debido a su baja votación tendrían que devolver el dinero que recibieron de anticipo para adelantar su campaña.
¿Por qué pasaría esto? El artículo 21 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 indica que los partidos y movimientos políticos y grupos de ciudadanos que inscriban candidatos, tendrán derecho a financiación estatal de las correspondientes campañas electorales, mediante el sistema de reposición de gastos por votos válidos obtenidos, según información del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Para el caso de las elecciones presidenciales, el CNE, los candidatos deberán obtener en la elección al menos una votación igual o superior al 4% de los votos válidos.
En ese sentido, quienes no consigan este porcentaje mínimo, no tendrán derecho a la financiación estatal de la campaña por el sistema de reposición de votos, y deberá devolver el monto de la financiación estatal previa en su totalidad.
En el caso de Sergio Fajardo, había mucha expectativa si superaría el umbral o no, dado que las encuestas lo mostraban alejado de los favoritos. Finalmente, el candidato por la Coalición Centro Esperanza obtuvo 861.544 votos, un 4.22% del total con lo que no tendrá que hacer devolución de recursos al CNE.