Margarita Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación, emitió una nueva circular con las directrices para el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, para la prevención, atención y sanción del acoso laboral. Esto se da tras las constantes evidencias y quejas sobre violencias basadas en género, entre ellas el acoso laboral, instauradas por los servidores públicos de múltiples entidades del Estado.

Discriminación, agresión física o verbal, expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona, utilización de palabras soeces o con alusión a la raza, el género, injustificadas amenazas de despido, son algunas de las conductas que se identifican como posible acoso laboral, que enfrentan en la mayoría de los casos, las mujeres.
La circular exhorta a las entidades públicas a cumplir a cabalidad con lo dispuesto por la Ley 1010 de 2006, para la prevención, corrección y sanción de las conductas de acoso laboral; refiriendo también la Ley 1257 de 2008, creada para la protección integral de las mujeres y una vida libre de violencias.
Así mismo, frente a las denuncias de posibles dilataciones injustificadas en el trámite de una queja, la circular insta al Ministerio del Trabajo y al Departamento Administrativo de la Función Pública a revisar los términos de la ley, expresados en días, durante los cuales se deben surtir todas las etapas del procedimiento interno conciliatorio. Para los casos de acoso sexual, una conducta no conciliable, deberá informar al Ministerio Público para el inicio del proceso disciplinario y compulsar las copias ante la Fiscalía General de la Nación.

Finalmente, la Procuradora confirmó que se incluyen los mandatos para la protección de los derechos de las víctimas de acoso, precisando que continuará con la vigilancia y control para garantizar que las entidades del Estado cumplan los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios que garantizan el derecho al trabajo en condiciones dignas y el goce de un ambiente laboral libre de violencias y hostigamientos.